Dictamen N° 49516/2011
N° 49.516 Fecha:08-VIII-2011 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Jorge Mario Isla Garrido, exonerado político, para reclamar, una vez más, porque no se le ha concedido la pensión transaccional por expiración obligada de funciones que, a su juicio, le corresponde. Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que a través de los dictámenes N° s. 44.995, de 2004, 28.063, de 2005, 61.286, de 2008, 26.950, de 2009, 13.689 y 57.150, los dos de 2010, 22.748 y 41.233, ambos de 2011, todos de este Organismo Fiscalizador, se concluyó, luego de un examen exhaustivo de su situación previsional, que al reclamante no le asiste el derecho a obtener una pensión transaccional por expiración obligada de funciones, regulada en los artículos 1° y 2° de la ley N° 19.234, pues no cumple con los requisitos legales fijados para dicho efecto, lo que en esta oportunidad debe ratificarse, al no acompañarse antecedentes distintos a los ya analizados. Sin perjuicio de ello, es necesario advertir al recurrente, en atención a las expresiones utilizadas en su presentación, que el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política, asegura a todas las personas el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, “sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes”, exigencia que no se satisface en la especie y que constituye la única restricción al ejercicio del derecho establecido en la precitada norma. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República