Dictamen CGR

Dictamen N° 49636/2014

2014-07-02 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Vigente
Sumario. La autoridad posee un plazo de dos años para invalidar sus actos emitidos en contravención a la ley
Aplicado por
Dictamen N° 99293/2014
Aplica dictamen

N° 49.636 Fecha: 02-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Luciano Verdugo Oyarzo, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando que se invalide la investigación realizada en su contra, a cuya finalización se le aplicó una sanción de veinticinco días de arresto. Requerido su informe, esa entidad expresó que el aludido procedimiento se ajustaría a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, previene que se podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, siempre que se haga dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación, plazo que, de acuerdo con el criterio contenido en el dictamen N° 18.353, de 2009, de este origen, entre otros, es de caducidad y no de prescripción, de modo que no puede interrumpirse ni suspenderse por la interposición de reclamos durante su vigencia. De esta manera, en el evento de haberse configurado algún vicio que incidiese en la licitud del mencionado proceso disciplinario -que según lo expresado por el señor Verdugo Oyarzo, se habría afinado con fecha 2 de febrero de 2012-, en la actualidad no resultaría posible que la jefatura pertinente de Carabineros de Chile disponga su invalidación, dado el transcurso de los referidos dos años. Seguidamente, en cuanto a que en la resolución que le impuso el aludido castigo no se daría cumplimiento a lo establecido en el artículo 12, inciso tercero, del decreto N° 900, de 1967, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, que obliga a la autoridad sancionadora a verificar cómo tal medida afectará la próxima calificación del funcionario, cabe señalar que lo alegado no es efectivo, pues en la letra B) de ese instrumento se menciona haber efectuado aquella ponderación. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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