Dictamen N° 50245/2013
N° 50.245 Fecha: 08-VIII-2013 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Heraldo Duverli Oyarzún Panciasi, ex Suboficial Mayor del Ejército, para solicitar que se revise su pensión de retiro en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Sobre el particular, es menester indicar que a través del dictamen N° 22.431, de 2012, esta Entidad Fiscalizadora concluyó que no es posible otorgar mayor pensión al reclamante, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 184, letra c), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, el cual establece que podrán percibir un sueldo superior al que se encontraren en posesión, los Suboficiales Mayores que cumplieren 33 años de servicios efectivos, requisito que el interesado no satisface. A este respecto, cabe observar que la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, establece en su artículo 77, inciso segundo, que serán servicios efectivos los prestados en cualquiera de las Instituciones de la Defensa Nacional en el ejercicio activo de sus respectivos empleos, concepto que no comprende al desempeño a que alude el reclamante, quien pretende incluir en esta definición sus periodos de trabajo afectos al régimen del ex Servicio de Seguro Social. En consecuencia, en atención a que en esta oportunidad no se acompañan antecedentes distintos de los ya analizados, sólo cabe ratificar en todas sus partes el oficio mencionado, sin perjuicio de que las cotizaciones en el ex Servicio de Seguro Social pudieren ser consideradas eventualmente en otro beneficio posterior, si se cumplieren los requisitos pertinentes al efecto y no hubieren sido utilizadas por el titular. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República