Dictamen N° 50800/2009
N° 50.800 Fecha: 11-IX-2009 Se ha remitido a esta Entidad Fiscalizadora, la resolución N° 3.877, de 2009, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente que, como consecuencia de un concurso, designa a don Álvaro Undurraga Pereira en el cargo de Jefe de Servicio Clínico Médico Quirúrgico Respiratorio del Instituto Nacional del Tórax, para su control preventivo de legalidad. Por su parte, se ha dirigido a esta Contraloría General don Ricardo Sepúlveda Moncayo, profesional funcionario con desempeño en el mismo Instituto, para solicitar la reconsideración del oficio Nº 18.305, de 2009, por medio del cual se devolvió sin tramitar la resolución N° 7.258, de 2008, de ese organismo, que lo designaba en el referido empleo. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el aludido oficio ordenó retrotraer el concurso médico de que se trata, convocado para proveer, entre otros, el cargo de Jefatura antes individualizado, a la etapa de evaluación de antecedentes por la respectiva Comisión de Apelación, por haberse configurado en su actuación vicios que vulneraban lo dispuesto por el decreto N° 811, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Concursos para la provisión de cargos de Profesionales Funcionarios en los Servicios de Salud. Tales vicios consistieron en que dicho órgano de apelación, por una parte, estimó en el rubro Condiciones Morales y de Carácter del ítem Idoneidad y Competencia, una medida disciplinaria de amonestación aplicada por el Tribunal de Ética de la asociación gremial respectiva, a dos de los concursantes del referido certamen, aspecto que la Comisión de Selección, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 29 y siguientes del texto reglamentario citado, determinó no considerar y, por otra, ponderó, en beneficio del señor Sepúlveda Moncayo, antecedentes que éste no acompañó en la oportunidad que precisaron las respectivas bases, irregularidades que no han sido desvirtuadas por las alegaciones del requirente y que, en consecuencia, no permiten modificar el criterio en virtud del cual se devolvió sin tramitar su nombramiento, como se solicita. Asimismo, es menester anotar que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la Comisión de Apelación cumplió lo ordenado por esta Entidad de Control, y procedió a evaluar nuevamente los antecedentes de los afectados, a la luz de los criterios establecidos por la Comisión de Selección, indicando los puntajes definitivos en el Acta 2, de 26 de mayo de 2009, que determinan la mayor evaluación del señor Álvaro Undurraga Pereira -70.5 puntos- y, en consecuencia, el derecho de este último de acceder al empleo concursado. Ahora bien, conviene recordar que la citada resolución Nº 7.258, de 2008, fue devuelta sin tramitar por esta Entidad de Control a través del aludido oficio Nº 18.305, de 2009, de manera que el recurrente no asumió en propiedad el cargo reclamado, ya que el proceso de que se trata finaliza con la toma de razón del acto administrativo que nombra al seleccionado, y su posterior notificación, por lo que de modo alguno puede entenderse que el ocupar un cargo mientras se resuelve el respectivo proceso de selección, pueda conferir propiedad del mismo, ni generar perjuicio alguno a los participantes, quienes, por lo demás, adhieren a las correspondientes bases, al presentar su postulación. En consecuencia, en mérito de las consideraciones expuestas, esta Contraloría General, procede a cursar la resolución N° 3.877, de 2009, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, que designa al profesional funcionario señor Álvaro Undurraga Pereira, en el cargo de Jefe de Servicio Clínico Médico Quirúrgico Respiratorio del Instituto Nacional del Tórax, por encontrase ajustada a derecho, resultando forzoso desestimar la presentación de don Ricardo Sepúlveda Moncayo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República