Dictamen CGR

Dictamen N° 51974/2009

2009-09-17 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre destinación de profesional de la educación
Aplicado por
Dictamen N° 44822/2012
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N° 51.974 Fecha: 17-IX-2009 Mediante el oficio N° 825, de 2009, la Contraloría Regional de Coquimbo ha remitido una presentación del Alcalde de la Municipalidad de Coquimbo, por cuyo intermedio solicita la reconsideración del oficio N° 44, de 2009, de esa Sede Regional, el cual concluyó que la destinación ordenada respecto del profesional de la educación señor Alfredo Trujillo González, no se ajusta a la normativa que rige la materia, contenida en la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, razón por la cual procedía que fuera reincorporado al plantel educacional de origen “Claudio Arrau”. De igual modo, en el citado oficio se precisó que el municipio debía pagarle al funcionario la bonificación de excelencia académica, que aquél dejó de percibir a raíz de la aludida destinación, la que se encuentra establecida en el artículo 15 de la ley N° 19.410. La Municipalidad de Coquimbo aduce, en lo sustantivo, que la medida se adoptó con el objeto de permitir la continuidad de la función docente en el establecimiento al que fue destinado el servidor individualizado, habida cuenta la imposibilidad de contratar otro docente por razones presupuestarias. Al respecto, esta Contraloría General cumple con señalar que la situación expuesta por el municipio constituye una circunstancia de hecho, que carece de relevancia como fundamento jurídico de la destinación en análisis. Además, en cuanto a la bonificación de excelencia académica, debe manifestarse que de acuerdo con lo sostenido por este Organismo de Control en el dictamen N° 40.691, de 2007, no resulta procedente que un docente deba soportar, como consecuencia de una destinación dispuesta en contravención a la ley N° 19.070, la privación de un beneficio pecuniario al cual tenía pleno derecho en el anterior plantel educacional. En este contexto, atendido que el señor Trujillo González tras ser destinado, dejó de percibir la bonificación a que tenía derecho por desempeñarse en un establecimiento calificado como de excelente desempeño, el municipio deberá proceder a regularizar su situación, pagándole el beneficio por todo el tiempo que no la recibió como consecuencia de la medida de la especie. Por consiguiente, y dado que no se aportan otros antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en el oficio N° 44, de 2009, se procede a su ratificación y complementación en los términos anotados, desestimando la solicitud de reconsideración formulada por la Municipalidad de Coquimbo. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General

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