Dictamen N° 52135/2009
N° 52.135 Fecha: 21-IX-2009 Mediante oficio N° 799 de 2009, el Intendente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena ha solicitado a esta Contraloría General que rectifique su dictamen N° 29.655 de 2009, sobre control preventivo de legalidad del convenio de colaboración suscrito entre el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena y el Servicio de Cooperación Técnica, en el sentido de precisar que dicho acuerdo de voluntades fue celebrado por la Intendencia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena y no por el citado gobierno regional. Sobre el particular, cabe tener presente que en el primer párrafo del convenio en comento se señala que comparecen a su celebración, el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena, RUT N° 60.511.120-3, representado por doña Eugenia Valentina Mancilla Macías, en su calidad de Intendenta Regional, “en adelante Intendencia de Magallanes y Antártica Chilena,” quien suscribe dicho acuerdo en la calidad antes indicada y cuya firma aparece rubricada con el timbre de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena. Por otra parte, las cláusulas del aludido instrumento estipulan las diversas obligaciones que asume dicha Intendencia para el desarrollo e implementación del programa objeto de tal acuerdo. Además, por resolución exenta N° 8.515 de 2008, de la Gerente General del Servicio de Cooperación Técnica, se autoriza a la Dirección Regional de Magallanes de ese Servicio, para ejecutar el Programa Especial, Región de Magallanes, que se adjunta a ese acto administrativo. De los términos de ambos instrumentos aparece que el Programa será desarrollado en conjunto con la Intendencia Regional de esa jurisdicción y no con el Gobierno Regional. Por consiguiente, considerando que los artículos 111 y 112 de la Carta Fundamental y la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional han radicado en el intendente regional, por una parte, las funciones del gobierno interior de la región y, por la otra, la de órgano ejecutivo del gobierno regional, deberán adoptarse las medidas pertinentes a fin de que, en lo sucesivo, los actos administrativos que dicte esa autoridad regional y los convenios que suscriba, precisen debidamente, en conformidad a la ley, la calidad jurídica en que concurre a su dictación o celebración, respectivamente. Atendido lo anteriormente expuesto y los antecedentes analizados, se rectifica el dictamen N° 29.655 de 2009, de esta Contraloría General, en el sentido que las referencias al Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena contenidas en dicho pronunciamiento, deben entenderse efectuadas a la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena, a la que corresponde, conforme lo expresado en el aludido dictamen, adoptar las medidas pertinentes a fin de determinar las responsabilidades administrativas del caso e informar de sus resultados a esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República