Dictamen N° 52406/2009
N° 52.406 Fecha: 22-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña Gloria Olivares Zuloaga, docente directiva de la Municipalidad de El Bosque, reclamando de la medida de destinación dispuesta a su respecto. Sobre el particular, cumple esta Contraloría General con remitir, para su conocimiento y fines que procedan, fotocopia de los oficios N°s 400/94/325 y 800/606, de 2009, de la Municipalidad de El Bosque, que se refieren a la situación planteada y de cuyos términos se desprende que la misma se encuentra regularizada, por lo que resulta inoficioso emitir un pronunciamiento al respecto. Sin perjuicio de lo anterior, es oportuno hacer presente que, de acuerdo con la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, contenida en los dictámenes N°s 47.076, de 2002 y 48.074, de 2004, entre otros, la destinación constituye un procedimiento cuyo objetivo es lograr el mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles para efectuar la labor educacional, en términos tales que su ejecución está relacionada necesariamente con las necesidades del servicio, de manera que en dicha materia prima fundamentalmente el interés público por sobre el particular de la persona que desempeña el cargo respectivo, siempre que ello no signifique menoscabo en su situación laboral y profesional y no se altere la naturaleza jurídica de las funciones para las cuales fue nombrado el docente. Por otra parte, en relación con la pérdida de asignaciones vinculadas con el primitivo establecimiento educacional, lo cual, indica la recurrente, constituiría un menoscabo, es posible señalar que éste debe entenderse como todo perjuicio, daño, deterioro o mengua sobre la base de una comparación objetiva de condiciones de existencia entre la relación laboral de origen y la nueva, no dependiente de factores esencialmente variables, como los enunciados por aquélla. Por último, en cuanto a los mayores gastos en locomoción, tampoco significa menoscabo si el nuevo establecimiento queda dentro del mismo lugar y comuna que la anterior escuela (aplica dictamen N° 35.099 de 1998, entre otros). Por orden del Contralor General de la República Jean Pierre Lopepe Uhart Jefe Subdivisión Subrogante División de Municipalidades