Dictamen N° 52797/2014
N° 52.797 Fecha: 10-VII-2014 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 243, de 2014, del Ministerio de Defensa Nacional , que declara los inmuebles destinados a la Armada de Chile que indica y sus áreas adyacentes, como necesarios para la defensa nacional, por cuanto no se ajusta a derecho. Sobre el particular, cumple con señalar que se cita como uno de los fundamentos normativos del acto en estudio el inciso cuarto del artículo 3° de la ley N° 18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, que dispone, en lo que interesa, que no son susceptibles de concesión minera los yacimientos de cualquier especie situados, en todo o en parte, en zonas que conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional con efectos mineros, sin perjuicio de las concesiones mineras válidamente constituidas con anterioridad a la declaración de importancia para la seguridad nacional. Atendido lo anterior, corresponde que una ‘declaración’ como la descrita sea realizada en virtud de una norma de rango legal y no a través de un decreto supremo como ocurre en la especie. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo en estudio. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República