Dictamen N° 53276/2012
N° 53.276 Fecha: 29-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Álex Fredy Sandoval Muñoz, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su calificación correspondiente al año 2010, en el cual fue incluido en la Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Como cuestión previa, es menester recordar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante su dictamen N° 32.677, de 2011, determinó, por las razones que en ese oficio se señalan, que el aludido proceso se ajustó a derecho. No obstante lo anterior, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto de Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene que los funcionarios de esa institución pueden solicitar la revisión de su evaluación siempre que sean ubicados en Lista N° 4, de Eliminación, o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el afectado reclamó de su incorporación en la nómina que impugna, en una primera oportunidad, el día 28 de julio de 2011, el que fue desestimado mediante el citado oficio N° 32.677, de 2011. Luego, con fecha 27 de julio de 2012, esto es, vencido el aludido plazo de un año, solicita nuevamente el examen de su evaluación. Por consiguiente, el derecho del interesado a requerir la revisión de su calificación, se encuentra, en la actualidad, vencido, por lo que se desestima el reclamo de la especie. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República