Dictamen N° 53277/2013
N° 53.277 Fecha: 21-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Leonardo Henríquez Cáceres, para solicitar el pago del desahucio que allí se indica, al que estima tener derecho en su calidad de exauxiliar, grado 20 de la Escala Única de Sueldos, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, invocando para tal efecto los servicios prestados entre el 1 de enero de 1970 y el 31 de marzo de 1983, en el ex Servicio Nacional de Salud y el Servicio de Salud del Ambiente; y desde el 10 de abril de 2003 hasta el 28 de diciembre de 2012, en la mencionada cartera ministerial. Sobre el particular, cumple con manifestar que por el primer período indicado al recurrente se le otorgó el desahucio del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, mediante la liquidación giro N° 5279, de 1983, de este origen, en su calidad de ex oficial administrativo, grado 27 de la Escala Única de Sueldos, más 6% de bienios, del Servicio de Salud del Ambiente, por un monto de $85.952,23, equivalente a trece mensualidades. En relación con el segundo lapso desempeñado, cabe anotar que al señor Henríquez Cáceres no le asistió el derecho a efectuar aportes para el Fondo de Seguro Social, por cuanto su reincorporación a la Administración del Estado se produjo con posterioridad al 23 de septiembre de 1989, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 18.834, que derogó las normas sobre desahucio contenidas en el citado decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, manteniéndolas únicamente para aquellos funcionarios que, cumpliendo con los requisitos, se encontraban trabajando a dicha data, de acuerdo con lo señalado en su artículo 13 transitorio. Por lo tanto, en conformidad con lo concluido por este Organismo de Control en sus dictámenes N°s. 50.713, de 2004 y 54.937 de 2009, entre otros, solo procede la restitución de las cantidades cotizadas indebidamente entre el 10 de abril de 2003 y el 28 de diciembre de 2012, si así hubiere ocurrido, una vez que se adjunte una relación detallada, mes a mes, de los descuentos efectuados por tal concepto, emitida por el exempleador. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República