Dictamen CGR

Dictamen N° 53593/2009

2009-09-28 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Remite dictamen referido al cumplimiento de los convenios mandatos celebrados por un Gobierno Regional

N° 53.593 Fecha: 28-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Intendente de la Región Metropolitana solicitando un pronunciamiento en relación con las facultades que le corresponde ejercer al Gobierno Regional respecto de los convenios mandatos que celebre con organismos técnicos en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley N° 18.091, particularmente si el mandante está obligado a dar cumplimiento irrestricto a las peticiones del mandatario -cobro de boletas de garantía y aplicación de multas-, cuando el primero no concuerda con los criterios o procedimientos utilizados por la unidad técnica. Al respecto, cabe recordar que en el dictamen N° 35.971, de 2009, esta Contraloría General de la República se ha pronunciado respecto del cumplimiento de los convenios mandatos celebrados por un Gobierno Regional, indicando, en lo que interesa, que “el mandatario se obliga a cumplir estrictamente un encargo, en los términos fijados por el mandante, que tratándose de la construcción, ejecución o conservación de obras, implica observar los términos técnicos o de referencia y el monto máximo comprometido para su financiamiento, establecidos por quien formula el encargo”. Añade ese pronunciamiento que “la circunstancia que el citado artículo 16 de la ley N° 18.091, señale que el cumplimiento del mandato quedará sujeto a los procedimientos, normas técnicas y reglamentarias de que dispone el organismo mandatario para el desarrollo de sus propias actividades, no autoriza a la respectiva entidad mandataria para alterar unilateralmente los términos en que se ha definido el objeto del encargo”. En consecuencia, se adjunta fotocopia del referido dictamen N° 35.971, de 2009, debiendo ese Gobierno Regional, en la situación en consulta, proceder según el aludido criterio jurisprudencial. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 35971/2009
Aplica dictamen