Dictamen N° 54618/2013
N° 54.618 Fecha: 26-VIII-2013 Mediante oficio N° 7.330, de 2013, la Municipalidad de Providencia evacuó el informe solicitado por este Organismo de Control a través del oficio N° 39.701, de la citada anualidad, en el marco de la presentación de la concejal de esa entidad edilicia, doña Pilar Cruz Hurtado -referencia N° 197.866, de 2013-. Al respecto, cumple manifestar que el indicado informe fue remitido extemporáneamente, toda vez que ingresó a esta Entidad de Fiscalización con fecha 17 de julio de 2013, en circunstancias que el plazo otorgado a esa entidad edilicia al efecto, fue de 10 días hábiles administrativos, contados desde la total tramitación del aludido oficio N° 39.701, lo que en la especie ocurrió el 25 de junio del presente año. En este contexto, cumple manifestar que el pronunciamiento requerido por la mencionada referencia N° 197.866, de 2013, fue emitido mediante el dictamen N° 47.630, del citado año, prescindiendo del informe municipal, por lo que resulta dable reiterar a esa autoridad edilicia que, en lo sucesivo, deberá dar estricto cumplimiento a las solicitudes de este Organismo de Control, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 9° y 19 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República