Dictamen N° 56312/2009
N° 56.312 Fecha: 14-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Quinta Normal, solicitando un pronunciamiento en orden a determinar si se encuentra en la obligación de asumir el costo de los consumos de energía eléctrica del alumbrado público y semáforos, instalados en bienes nacionales de uso público de la comuna, en el contexto de las obras de la autopista concesionada por el Ministerio de Obras Públicas a la empresa Autopista Central S.A. Señala, en síntesis, que el municipio no tuvo intervención alguna en el diseño del trazado de esa autopista concesionada, por lo que estima que no le es imputable obligación alguna que se derive de dicha concesión de obra pública, correspondiéndole, por ende, a la mencionada sociedad tal deber, considerando, además, que ésta es la beneficiaria de los servicios eléctricos en cuestión, los que habrían sido contemplados en función y como parte de la obra concesionada. Sobre el particular, cabe hacer presente que el asunto planteado constituye un problema que incide en determinar las obligaciones que se derivan de una concesión de obra pública, y su resolución implica definir el sentido y alcance de las cláusulas que la rigen -de la cual forman parte las bases administrativas respectivas, entre otros documentos- materia que, acorde con la reiterada jurisprudencia de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 53.278, de 2008 y 17.210, de 2009, reviste el carácter de litigiosa. En este contexto, es menester recordar que el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, dispone, en lo que interesa, que esta Entidad Fiscalizadora no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, que son de competencia del Consejo de Defensa del Estado. Pues bien, en mérito de lo expuesto, esta Contraloría General debe abstenerse de pronunciarse sobre la materia. Por orden del Contralor General de la República Gastón Astorquiza Altaner Subcontralor General Subrogante