Dictamen N° 566303/2024
N° E566303 Fecha: 18-XI-2024 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato, suscrito vía trato directo, entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A., para el servicio de telecomunicaciones, telefonía móvil y servicios asociados, en el entendido que se trata de una regularización. No obstante, cabe indicar que también debe ponerse término anticipado al contrato en el caso de que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595, disposición esta última que entró en vigencia a contar del 1 de septiembre de 2024 (aplica oficio N° E539710, de 2024, de este origen). Además, y de conformidad con la copia electrónica que se adjunta, el contrato que se viene aprobando fue suscrito el 11 de octubre de 2024, data que se omite señalar en la transcripción de éste, efectuada en el resuelvo N° 3 del documento en examen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República