Dictamen CGR

Dictamen N° 539710/2024

2024-09-11 · Contratación pública, licitaciones y compras · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 8, de 2024, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales
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N° E539710 Fecha: 11-IX-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases de licitación pública para la contratación de los servicios logísticos y académicos para capacitación y perfeccionamiento dirigido a técnicos, administrativos y auxiliares que se desempeñan en atención primaria de salud municipal, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario que la entidad licitante precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, en la respectiva etapa de aclaraciones, que también se pondrá término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N°21.595, disposición esta última que entró en vigencia a contar del 1 de septiembre de este año. Lo anterior, en atención a que el citado artículo 10 indica que la aludida pena se podrá imponer conforme a las reglas del Párrafo 5 del Título II de la Ley de Delitos Económicos, que comprende lo regulado en el inciso segundo de su artículo 33, en orden a que la inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena. En la misma oportunidad, deberá aclarar que el valor neto de la oferta económica que se presentará, aludido en el inciso tercero del artículo 38 de las bases, debe efectuarse en relación con el presupuesto máximo establecido en el artículo 1° de éstas -que incluye los eventuales impuestos-, y no que esta última disposición establece un tope presupuestario neto, como pudiera interpretarse de la redacción del mencionado artículo 38. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)