Dictamen N° 56752/2011
N°56.752 Fecha:07-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Claudio Eugenio Cofré Soto, abogado, en representación de don Claudio Enrique Bravo Ortiz, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para reclamar en contra de la calificación en lista N° 4, Mala, de su representado, que implicó su inclusión en la lista anual de retiro, por cuanto no se habría tenido en cuenta la resolución que la Comisión Médica de esa institución policial, adoptó sobre el estado de salud de aquél. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que al establecerse por esa entidad sanitaria, en su informe técnico N° 56, de 2011, que el señor Bravo Ortíz no es apto para continuar en servicio, determina que su alejamiento no se producirá como consecuencia de su calificación deficiente, sino que por el hecho de tener salud irrecuperable que le impide seguir en actividad, otorgándosele el derecho a impetrar el beneficio de invalidez de segunda clase. En este sentido, se debe expresar que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N os 42.242, de 2000 y 77.896, de 2010, de este origen, determinó que la aludida invalidez constituye una causal de retiro que, por sus características indemnizatorias, es preferente a la que se hubiese asignado primitivamente -en la especie, cese por calificación deficiente-, debiendo, por ende, adecuarse la desvinculación a la referida circunstancia de salud. De esta manera, aparece que la situación planteada se encuentra en vías de solución, por lo que resulta innecesario pronunciarse sobre la legalidad del proceso calificatorio del señor Claudio Enrique Bravo Ortiz, correspondiente al año 2010. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante