Dictamen N° 57437/2014
N° 57.437 Fecha: 29-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Comandante de Personal del Ejército, solicitando que se autorice de manera excepcional, a nombrar como empleados civiles a la señorita Verónica Escalona Yáñez y al señor Luis Rocha Parraguez. Al respecto, resulta menester recordar que esta Entidad de Control, en su dictamen N° 39.713, de 2012, precisó que para ingresar a la planta de esa institución castrense, los funcionarios tienen que cumplir, a la data de la pertinente postulación, con todos los requisitos fijados al efecto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, lo que no sucede en la especie. Lo anterior, pues el artículo 26, letra K), del mencionado texto legal, señala, en lo que importa, que para la selección de los empleados civiles, se deberá considerar ser menor de 35 años de edad, exigencia que no se verifican en el caso de los interesados. En este sentido, en lo que atañe a que se acceda a la petición de que se trata, con la finalidad de satisfacer las expectativas de aquéllos de ingresar a la planta, no resulta atendible, por cuanto, y en armonía con lo sostenido en el dictamen N° 75.467, de 2010, de este origen, sólo le corresponde al legislador establecer y modificar los requisitos necesarios para el ejercicio de un cargo, sin que se pueda eximir de su cumplimiento a un determinado servidor, toda vez que ello implicaría vulnerar las especificaciones previstas en la ley para el desempeño de tal empleo. Por consiguiente, cabe concluir que la señorita Escalona Yáñez y el señor Rocha Parraguez no pueden ser nombrados empleados civiles en el Ejército, pues no satisfacen una de las exigencias fijadas para ello. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República