Dictamen CGR

Dictamen N° 58116/2009

2009-10-21 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · municipal · Vigente
Sumario. Sobre legalidad de proceso calificatorio de funcionaria regida por la ley 18883

N° 58.116 Fecha: 21-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Pilar Sanhueza Montero, técnico grado 11°, de la Municipalidad de Cerrillos, solicitando la reconsideración del dictamen N° 49.009, de 2009, que concluyó que el proceso calificatorio que la afectó, correspondiente al período 2007-2008, se encuentra ajustado a derecho. Sobre el particular, atendidas las aseveraciones de la interesada, es útil recordar que la jurisprudencia de este Organismo de Fiscalización, contenida, entre otros, en los dictámenes N° s 17.544, de 2004 y 52.903, de 2009, ha precisado que si bien los artículos 37 de la ley N° 18.883 y 26 del decreto N° 1.228, de 1992, del Ministerio del Interior -Reglamento de Calificaciones del Personal Municipal-, disponen que la Junta Calificadora adoptará sus resoluciones teniendo en consideración, necesariamente, la precalificación del funcionario hecha por su jefe directo, la que estará constituida por los conceptos, notas y antecedentes que éste deberá proporcionar por escrito, ello no implica que tales elementos sean vinculantes u obligatorios para dicho cuerpo colegiado, el cual está facultado para ponderar cualquier antecedente de que disponga referido al servidor que se evalúa, para asignarle una determinada calificación. En consecuencia, considerando que la situación planteada, como puede advertirse, ha sido analizada por esta Entidad de Control y dado que en esta ocasión la recurrente no acompaña nuevos antecedentes que permitan desvirtuar el criterio sostenido en el dictamen impugnado, procede confirmar dicho pronunciamiento. Gastón Astorquiza Altaner Subcontralor General de la República Subrogante

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