Dictamen N° 58171/2009
N° 58.171 Fecha: 21-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Daniel Medrano Gandolfo, solicitando la reconsideración del oficio N° 26.777, de 2009, por el cual esta Entidad Fiscalizadora, informó al recurrente que los antecedentes aportados en dicha oportunidad en relación con eventuales transgresiones a la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, a que se refería en su presentación, serían remitidos al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para el análisis de la denuncia formulada. En el citado pronunciamiento, este Organismo Contralor señaló, que la fiscalización de eventuales transgresiones a la aludida ley N° 18.168, corresponde a la Secretaría de Estado aludida, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 36 y siguientes de dicho cuerpo legal. Al respecto, cumple recordar, que el principio de legalidad, consagrado en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República y 2° de ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, obliga a los órganos de la Administración del Estado a actuar con sujeción a la Carta Fundamental y las leyes, dentro de su competencia y sin más atribuciones que las que expresamente les confiera el ordenamiento jurídico, por lo que la denuncia formulada por el solicitante en su presentación ingresada con el número de referencia 89.683, de 2008 -y atendida mediante el oficio recurrido-, debía ser fiscalizada por el Ministerio mencionado. De este modo, y considerando que la situación de la especie, como puede apreciarse, ha sido analizada por este Órgano de Control, y dado que, en esta oportunidad el recurrente no acompaña nuevos antecedentes que permitan modificar lo sostenido en el oficio N° 26.777, de 2009, no cabe sino confirmar dicho pronunciamiento. Gastón Astorquiza Altaner Subcontralor General de la República Subrogante