Dictamen N° 58932/2012
N° 58.932 Fecha: 25-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Gabriel Martínez Henríquez, funcionario del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, para consultar si le asiste el derecho a percibir el estipendio del epígrafe, durante el año 2012. Requerido su informe, el referido centro hospitalario ha señalado, en síntesis, que al peticionario no le corresponde el emolumento que reclama, ya que no cumple con los requisitos establecidos para ello. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la ley N° 19.490, establece una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario para el personal que expresa, cuyo otorgamiento considera el resultado de las calificaciones obtenidas el año inmediatamente anterior a su pago, agregando que quienes no hayan sido evaluados por cualquier motivo en el correspondiente período, salvo que se trate del ejercicio del descanso de maternidad, no tendrán derecho a ella. En este orden de ideas, es menester precisar que para el otorgamiento del beneficio en examen, el empleado debe haber sido calificado en la entidad en que pretende obtener su entero, por lo que, tal como lo ha precisado la jurisprudencia contenida en los dictámenes N os 3.455, de 2007 y 46.032, de 2012, de este origen, para los fines de que se trata, no es útil la evaluación funcionaria obtenida en otro organismo. De esta manera, considerando que el interesado no fue calificado por el mencionado establecimiento de salud, ya que sólo fue contratado por éste a contar del 1 de enero de 2012, resulta forzoso concluir que no le asiste el beneficio en análisis. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República