Dictamen N° 59296/2012
N° 59.296 Fecha : 26-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Felipe Sánchez Román, para denunciar una serie de irregularidades que, a su juicio, habrían existido en el proceso de selección para el cargo de supervisor del Censo 2012, en el que participó. Expone que no obstante cumplir con el requisito de aprobación de un curso de capacitación, se le comunicó de su exclusión del proceso, decisión que considera arbitraria y contraria a las bases del mismo. En su informe, el Instituto Nacional de Estadísticas expresa que el servicio de avisaje, reclutamiento y selección del personal destinado a labores del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2012, fue realizado a través del portal que indica y cuya finalidad fue la de reclutar a personas susceptibles de ser elegidas según las labores requeridas. Añade que los postulantes debieron cumplir diversos requisitos, entre ellos, la aprobación de un curso de capacitación, para posteriormente efectuar una selección en consideración a diversos factores, lo que significó que varios participantes, no obstante su evaluación positiva, quedaran fuera del proceso de selección. Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo a lo previsto en el artículo 4°, letra e), de la ley N° 17.374, el Director del mencionado Instituto Nacional, se encuentra facultado para contratar personal a honorarios para la realización, entre otros, de los trabajos censales. Establecido lo anterior, es necesario tener presente que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que en la especie se efectuó un llamado a presentar antecedentes y, por ende, no ha existido un concurso y tampoco bases concursales que obliguen a la autoridad a regirse por ellas, ni menos a contratar a determinados postulantes. Con respecto al pago de la actividad de capacitación, cumple con informar que según consta de los antecedentes adjuntos, el pago de los gastos por esa actividad sólo sería efectuado respecto de quienes aprobaran el curso y fuesen contratados, lo que no se configura respecto del peticionario, por lo que no le asiste el derecho que reclama. En base a las consideraciones anotadas, se rechaza el reclamo del señor Felipe Sánchez Román. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República