Dictamen N° 59355/2016
N° 59.355 Fecha: 10-VIII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Soledad Sepúlveda Lizama, funcionaria del Servicio Electoral -SERVEL-, reclamando que la Asociación Nacional de Funcionarios de ese organismo, no ha pagado las cuotas correspondientes al crédito que le fue otorgado a través de esa agrupación, por la Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEUCH, pese a que se le habrían practicado los descuentos pertinentes en sus remuneraciones. Requerida de informe, esa institución señaló que la referida agrupación es una entidad con personalidad jurídica propia, diversa al SERVEL, por lo que el convenio existente entre aquella y la recurrente corresponde a un acuerdo entre particulares, el cual es ajeno a sus competencias. Al respecto, cabe manifestar, en conformidad con el criterio contenido en el dictamen N° 39.037, de 2014, de este origen, que atendido que lo alegado por la peticionaria dice relación con un conflicto interno con la asociación de funcionarios a la que pertenece, no corresponde que este Órgano Fiscalizador intervenga en el asunto planteado, siendo procedente que tales aspectos sean resueltos recurriendo a los propios estatutos de esa entidad o, en su defecto, a los tribunales de justicia. Transcríbase al Servicio Electoral. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República