Dictamen N° 5946/2020
N° 5.946 Fecha: 11-III-2020 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que transfiere a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de pasajeros de Santiago los fondos que indica. No obstante, cumple con hacer presente que la vigencia del contrato de concesión de uso de vías suscrito con la Unidad de Negocio N° 5 -aprobado por la resolución N° 1, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones- se extendió hasta el 22 de febrero de 2020, acorde con lo señalado en aquel instrumento y en la resolución exenta N° 3.581, de 2017, del mismo origen, y que mediante la resolución N° 3, de 2020, esa cartera de Estado ha establecido condiciones específicas de operación y de utilización de vías para la referida unidad de negocio, a partir del día 23 de febrero del año en curso, acto administrativo, este último, en actual tramitación ante este organismo de control. También, y en razón de lo anterior, que la instrucción de aquel ministerio al Administrador Financiero de Transantiago S.A., para que este pague a la antedicha unidad de negocio el monto que corresponda por los servicios prestados en el período comprendido entre los días 23 y 29 de febrero de 2020, solo podrá impartirse una vez que la precitada resolución N° 3, de igual anualidad, se encuentre totalmente tramitada. Por último, cabe precisar que el oficio mencionado en el considerando 6° del decreto en examen, corresponde al N° 819/2020, y no al que allí se consigna. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República