Dictamen N° 60549/2014
N° 60.549 Fecha: 07-VIII-2014 Esta Contraloría General ha debido representar la resolución N° 5.471, de 2013, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que aprueba el contrato suscrito entre este último y B. Braun Medical S.p.A. en el marco de la licitación pública ID N° 171-3-LP13. Lo anterior, habida cuenta que, con ocasión de una presentación efectuada por Pentafarma S.A. -una de las empresas que participó como oferente en el referido proceso licitatorio-, esta Entidad de Fiscalización requirió a ese servicio, mediante los oficios N°s. 15.086 y 19.970, de 2014, informar sobre eventuales irregularidades acaecidas en ese certamen, sin que hasta la fecha se haya recibido la respuesta solicitada. Atendido que el enunciado informe importa un antecedente esencial para verificar la legalidad del acto administrativo que se somete a tramitación, este Organismo de Control se ve impedido de cursarlo con prescindencia de aquel (aplica criterio de dictamen N° 76.987, de 2013). Además, en el ámbito formal, es menester advertir que, de acuerdo a lo prescrito por el inciso segundo del artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, los actos administrativos que aprueban convenios deberán transcribirlos en el cuerpo del decreto o resolución, lo que se ha incumplido en la especie, toda vez que no hay identidad entre los términos empleados en la resolución citada y el contrato que por ella se aprueba. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo señalado. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República