Dictamen N° 61200/2016
N° 61.200 Fecha: 19-VIII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto del rubro, que exime del pago de peaje en las plazas de peaje fiscales, de la Dirección de Vialidad, a los vehículos de emergencia según indica, pero cumple con hacer presente, en relación a lo anotado en el punto 3° del documento que se analiza, que en lo sucesivo ese ministerio deberá explicitar en el respectivo acto administrativo las razones que ameritan la aplicación del plazo de excepción de cinco días para el examen preventivo de juridicidad. Lo anterior, atendido lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 111 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840 y del decreto con fuerza de ley N° 206, de 1960- en cuanto establece que “Por excepción y en caso de urgencia, la que se hará constar en el respectivo decreto o resolución”, el plazo para el trámite de toma de razón por parte de esta Sede de Control, se reducirá a cinco días (aplica dictámenes N°s 52.445, de 2012 y 41.387, de 2014). Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República