Dictamen CGR

Dictamen N° 61280/2016

2016-08-19 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 2.941, de 2016, del Hospital Clínico San Borja Arriarán

N° 61.280 Fecha: 19-VIII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, mediante el cual se aprueban las bases administrativas y técnicas, y anexos, para la contratación del servicio de alimentación a pacientes y funcionarios de ese hospital, por ajustarse a derecho. No obstante, esta Entidad de Control entiende que las garantías de seriedad de la oferta y de fiel cumplimiento del contrato podrán otorgarse física o electrónicamente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31, inciso segundo, y 68, inciso tercero, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo que no fue anotado en esos términos en los N°s. 8.1, 13.1 y 13.2 del pliego de condiciones en estudio (aplica criterio contenido en el dictamen N° 48.163, de 2016). Asimismo, y en relación a lo consignado en el párrafo final del N° 13.2 de las bases, que el instrumento que cauciona el fiel y oportuno cumplimiento de la convención solo podrá ser cobrado en el evento de que se ponga término anticipado al acuerdo de voluntades por alguna causal imputable al proveedor. Luego, hacer presente que si el proveedor no acepta las órdenes de compra emitidas, ese centro asistencial deberá efectuar una nueva convocatoria, ya que en ese caso no procede que se readjudique el llamado, como se indica en la letra b) del N° 12 del pliego en estudio, pues esa posibilidad solo puede utilizarse hasta antes de la suscripción del contrato (aplica criterio contenido en el dictamen N° 96.292, de 2014). Finalmente, que de lo expresado en el cronograma contenido en el N° 5 de las bases administrativas, así como de la cifra anotada en números en su N° 6, las consultas podrán realizarse hasta el vigésimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de la licitación, y no como se indica en palabras en ese mismo N° 6. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 48163/2016
Aplica dictámenes
Dictamen N° 96292/2014
Aplica dictámenes