Dictamen N° 48163/2016
N° 48.163 Fecha: 30-VI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas y los anexos correspondientes, para la adquisición del bien que se individualiza, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, esta Entidad de Control entiende que las garantías de seriedad de la oferta y de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrán otorgarse física o electrónicamente, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo de los artículos 30 y 59, respectivamente, del decreto N° 95, de 2006, del Ministerio de Hacienda, y en los artículos 31, inciso segundo, y 68, inciso tercero del decreto N° 250, de 2004, de la misma Secretaría de Estado, lo que no fue anotado en esos términos en los N°s. 3.6.1 y 4.5 del pliego de condiciones en estudio. Asimismo, que en el caso de que se ponga término anticipado al contrato por haber sido rechazadas las especies de conformidad a lo dispuesto por la letra A) del N° 4.9 del pliego administrativo, Carabineros de Chile iniciará un nuevo procedimiento de contratación, en atención a que la facultad de readjudicar sólo procede hasta antes de la suscripción del respectivo acuerdo de voluntades (aplica criterio contenido en el dictamen N° 96.292, de 2014). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante