Dictamen CGR

Dictamen N° 61707/2012

2012-10-04 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Los medios de prueba de una investigación deben ser apreciados por quien la sustancia y por la autoridad de Carabineros de Chile que ejerce la potestad disciplinaria

N° 61.707 Fecha: 04-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Felipe Riquelme Carrasco, funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, un pronunciamiento respecto de la legalidad de las diversas sanciones que se le aplicaron, en virtud de distintos procedimientos instruidos en su contra. Requerido su informe, ese organismo ha manifestado, en síntesis, que los aludidos procesos disciplinarios se ajustaron en todas sus etapas a la normativa legal y reglamentaria que los rigen, otorgándosele al interesado todas las instancias de reclamación previstas al efecto. Sobre el particular, y en cuanto a que no se habrían apreciado debidamente las probanzas rendidas en las distintas investigaciones instruidas en su contra, se debe anotar, en armonía con lo informado en los dictámenes N os 38.824, de 2011 y 12.340, de 2012, de este Organismo Fiscalizador, entre otros, que la valoración que puedan tener los diversos elementos de convicción que consten en un proceso sumarial, es un aspecto que debe ser apreciado por quien substancia esa indagación y por la autoridad que ejerce la potestad disciplinaria, debiendo esta Entidad de Control, en todo caso, representar lo actuado cuando observe la existencia de alguna ilegalidad o arbitrariedad en su tramitación y conclusión, lo que de los antecedentes acompañados por el peticionario, no es posible determinar. En consecuencia, atendido que el recurrente sólo hace valer alegaciones referentes a la ponderación de la prueba ofrecida en los diversos procesos administrativos incoados a su respecto, y no a situaciones que impliquen una eventual vulneración de la normativa que regula la materia, no cabe sino desestimar el reclamo del señor Riquelme Carrasco. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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