Dictamen N° 61886/2012
N° 61.886 Fecha: 05-X-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse nuevamente de dar curso al decreto N° 56, del 2011, del Ministerio de Salud, que aprueba el convenio de intercambio plasma-hemoderivados entre la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina) y los Servicios de Salud que indica, por cuanto no se han subsanado los reparos formulados a través del dictamen N° 44.384, de 2012, de esta Contraloría General. En este sentido, debe anotarse que el reemplazo del vocablo "contrato" por la palabra "acuerdo", en el N° 6 del "Protocolo De Calidad Para Instituciones Proveedoras De Plasma Y El Laboratorio De Hemoderivados", que es parte del aludido convenio, no corrige las observaciones mencionadas en el párrafo 3° del antedicho pronunciamiento N° 44.384, de 2012. Finalmente, corresponde hacer presente que en caso de reingresar el decreto N° 56, de 2011, del Ministerio de Salud, para su toma de razón, deberá adjuntarse el Memorando C/21 N° 104, de 2011, indicado en sus Vistos. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa nuevamente el acto administrativo examinado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante