Dictamen N° 62243/2009
N° 62.243 Fecha: 9-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Cristian Osvaldo Gómez Lizama, funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Dibujante Proyectista, conferido por la Universidad Tecnológica Metropolitana, le permite percibir el beneficio de asignación profesional, ya que dicha carrera es impartida por esa Casa de Estudios Superiores con un total de 6 semestres y 4.158 horas de clases. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 35 de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza -cuya vigencia no ha sido alterada por la ley N° 20.370-, define al título profesional como el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Enseguida, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699, la asignación profesional favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. Ahora bien, de los antecedentes acompañados no aparece que el diploma de que se trata haya sido otorgado con el carácter de profesional, por ende, resulta forzoso señalar que al interesado no le asiste el beneficio que invoca. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República