Dictamen N° 62386/2009
N° 62.386 Fecha: 10-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Sonia del Carmen Rojas Molina, ex funcionaria del Hospital Barros Luco Trudeau, para solicitar la reconsideración del oficio N° 39.871, de 2009, de este origen. Al respecto, es menester recordar que el aludido pronunciamiento expresó que la interesada, al 5 de diciembre de 2008 -fecha de publicación de la ley N° 20.305-, registraba 18 años de servicios en instituciones de aquellas aludidas en el artículo 1° de la ley en comento, razón por la cual no tiene derecho a percibir el bono contemplado en la referida ley N° 20.305, cuyo artículo 2° exige 20 años de tales servicios. Ahora bien, cabe manifestar que en esta oportunidad la peticionaria no acompaña nuevos antecedentes que permitan innovar el criterio sostenido por el dictamen N° 39.871, de 2009, de este Organismo Contralor, toda vez que de los antecedentes se infiere que la interesada, a la data de su desvinculación de la Administración, no reunía los 20 años de servicios exigidos para acceder al beneficio que reclama, por lo que procede desestimar su solicitud de reconsideración, ratificando el oficio N° 39.871, de 2009, de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República