Dictamen CGR

Dictamen N° 63562/2015

2015-08-11 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Corresponde a la autoridad del Ejército dotada de potestad disciplinaria, determinar la procedencia de instruir un proceso sumarial por una denuncia de acoso laboral

N° 63.562 Fecha: 11-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Sergio Daniel Reijer Picozzi, exfuncionario del Comando de Bienestar del Ejército, solicitando la reconsideración del dictamen N° 21.325, de 2015, de este origen, mediante el cual, y en lo que importa, se desestimó su reclamo por acoso laboral. Al respecto, es menester hacer presente, según lo expresado en el dictamen N° 14.039, de 2013, de esta procedencia, entre otros, que corresponde a la jefatura dotada de la potestad sancionatoria ponderar si la conducta que se le denuncia amerita ser castigada disciplinariamente, caso en el que dispondrá la instrucción del pertinente proceso sumarial, sin perjuicio, por cierto, de las atribuciones de este Organismo Fiscalizador. Por consiguiente, dado que el asunto expuesto por el recurrente ya fue analizado por esta Contraloría General, sin que de sus nuevas alegaciones se desprenda la existencia del hostigamiento laboral que reclama, no es posible modificar el citado dictamen N° 21.325, de 2015, por lo que se ratifica dicho pronunciamiento. Finalmente, acerca de los vicios que, en su opinión, incidirían en la licitud de una investigación sumaria administrativa incoada en el mencionado Comando de Bienestar, es dable destacar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante su dictamen N° 56.181, de 2015, cuya fotocopia se adjunta, ordenó que la autoridad pertinente de esa repartición dispusiese su reapertura, con el objeto de corregir las observaciones que en aquel pronunciamiento se indicaron. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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