Dictamen N° 64233/2009
N° 64.233 Fecha: 18-XI-2009 El Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados ha remitido una solicitud de la Diputada señora Marta Isasi Barbieri, quien pide que se investigue lo sucedido con la reposición de la caleta de pescadores Guardiamarina Riquelme de Iquique, por cuanto, según expone, las obras que señala se habrían paralizado. Sobre el particular, cabe informar que la obra denominada “Reposición Caleta de Pescadores Artesanales Guardiamarina Riquelme, Iquique”, fue adjudicada mediante la resolución N° 6, de 2007, de la Dirección de Obras Portuarias, Región de Tarapacá, a la empresa Ingesur S.A, por un valor de $705.621.196 y un plazo de ejecución de 365 días corridos. Posteriormente, a través de la resolución N° 1, de 2008, de la Dirección mencionada, se aprobó una disminución de obras por un monto de $56.187.631, quedando como valor del contrato la cantidad de $649.433.565. Durante la ejecución de la obra se constataron retrasos y, por ende, un incumplimiento en el programa de trabajo ofertado por el contratista. A modo ilustrativo, procede consignar que se estableció que el 28 de mayo de 2008, el contrato presentaba un desarrollo de 306 días corridos, es decir, un 83.84% del plazo total de la obra, y un avance físico de 53,63%, en circunstancias que el avance requerido y programado a esa data debía ser un 87% aproximadamente, evidenciándose, por tanto un atraso superior al 30% en la ejecución del mencionado contrato. En atención a lo anterior, la Dirección de Obras Portuarias, Región de Tarapacá, mediante la resolución N° 2, de 2008, dispuso el término anticipado a las obras y la liquidación del contrato celebrado con la empresa Ingesur S.A., de acuerdo con lo indicado en el artículo 151°, letra d), del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas. Al momento del término del contrato, la obra se encontraba con un avance financiero de $252.342.592, equivalente al 38,86% del presupuesto de la obra. Además, al efectuar la liquidación contable la obra presentaba multas al contratista por un valor de $11.371.548, retenciones por $27.656.898, una boleta de garantía por el fiel cumplimiento de contrato por $21.741.256, y una póliza por concepto de daños a terceros de $35.838.448. Luego, con fecha 29 de agosto de 2008, mediante la resolución exenta N° 155, la Dirección referida procedió a contratar mediante trato directo la obra denominada “Término de Muelle Reposición Caleta Guardiamarina Riquelme (Obras Marítimas)”, con la empresa contratista Sociedad de Proyectos y Servicios de Ingeniería Limitada por un valor de $99.999.999, obra que se encuentra finalizada y recepcionada. Es dable agregar que la Dirección de Obras Portuarias, Región de Tarapacá, mediante la resolución N° 10, de 2008, procedió a adjudicar -luego de la pertinente licitación pública- a la empresa Sociedad de Proyectos y Servicios de Ingeniería Limitada, por un valor de $540.694.178, la segunda etapa de la obra, que consiste en actividades de dragado y obras terrestres. Por último, cabe hacer presente que la empresa Ingesur S.A., a la que se le había adjudicado primitivamente la obra, formuló ante esta Contraloría General dos presentaciones reclamando, por las razones que señala, acerca de la procedencia del término anticipado de la misma dispuesto por la Dirección de Obras Portuarias ya citada, presentaciones que fueron atendidas por este Organismo de Control a través de su dictamen N° 60.136, de 30 de octubre de este año, en el que se concluyó que la resolución N° 2, de 2008, también citada, por medio de la cual se adoptó esa medida, se ajustó a derecho. Se adjuntan los siguientes documentos emanados de la Dirección de Obras Portuarias, Región de Tarapacá: 1.- Fotocopia de la resolución N° 6, de 2007, sobre la aceptación de la Oferta presentada por la empresa INGESUR S.A., para la ejecución de la Obra “Reposición Caleta de Pescadores Artesanales Guardiamarina Riquelme, Iquique”. 2.- Fotocopia de la resolución N° 1, de 2008, que aprueba el convenio ad referéndum N° 1, de fecha 13 de marzo, que modifica el contrato “Reposición Caleta de Pescadores Artesanales Guardiamarina Riquelme, Iquique”. 3.- Fotocopia de la resolución N° 2, de 2008, que pone término en forma anticipada, al contrato “Reposición Caleta de Pescadores Artesanales Guardiamarina Riquelme, Iquique”. 4.- Fotocopia de la resolución exenta N° 155, de 2008, que aprueba convenio ad referéndum, de fecha 28 de agosto de 2008 por la obra denominada “Término del Muelle Reposición Caleta Guardiamarina Riquelme (Obras Marítimas)”. 5.- Fotocopia de Acta de Recepción Provisional de fecha 08 de enero de 2009. 6.- Fotocopia de la resolución N° 10, de 2008, que aprueba la propuesta a suma alzada por la obra “Término de Losa Caleta Guardiamarina Riquelme, Iquique (obras Marítimas)”. Asimismo, se adjunta fotocopia del dictamen N° 60.136, de 30 de octubre de 2009. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República