Dictamen CGR

Dictamen N° 64415/2013

2013-10-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 195, de 2013, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano

N° 64.415 Fecha: 07-X-2013 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución N° 195, de 2013, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, que aprueba las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos para la realización de la Licitación Pública para el “Convenio de suministro para la provisión e instalación de cierros perimetrales y estructuras de soporte en condominios de viviendas sociales”, pero cumple con hacer presente que para la suscripción del contrato, esa entidad deberá verificar que el proveedor adjudicado no se encuentre afecto a las prohibiciones contempladas en los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393, según los cuales aquellas entidades que hayan sido condenadas por los delitos que indica se encuentran impedidas de celebrar actos y contratos con organismos del Estado (aplica dictamen N° 38.954, de 2013, de este origen). Asimismo, que los documentos que se deben presentar acorde con la letra a) del punto 5 “Antecedentes Legales para ser Contratado”, relativos a la constitución de la persona jurídica, a la personería y a las facultades del representante legal, serán aquellos que correspondan según su naturaleza (aplica el criterio contenido en el dictamen N° 77.641, de 2012, de esta Sede de Control). Además, atendido que la resolución en estudio se enmarca en el contexto del llamado a postulación extraordinaria en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del programa de protección del patrimonio familiar -contemplado en la resolución exenta N° 1.968, modificada por la N° 5.340, ambas de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, y que se ha exigido un ahorro mínimo a los postulantes, esa autoridad deberá considerar el modo en que dicho ahorro se aplicará al financiamiento del respectivo contrato. Finalmente, en lo formal, es del caso precisar, que las Especificaciones Técnicas, se encuentran entre las páginas 21 y 55, y los Anexos entre las 56 y 62, y no como se consigna en el cuadro que se contempla en el resuelvo 1 del documento en análisis. Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al indicado acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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