Dictamen N° 64528/2015
N° 64.528 Fecha:13-VIII-2015 Don Alejandro Díaz Muñoz nuevamente consulta sobre la forma en que desempeña su labor la actual Contralora General, objetando lo sostenido por el dictamen N° 42.890, de 2015, de este origen, pues, en su parecer, ella debiera actuar en calidad de suplente y no como subrogante, en virtud de los motivos que expone. Sobre el particular, considerando que el interesado no aporta nuevos antecedentes ni invoca argumentos que permitan alterar lo manifestado en el aludido pronunciamiento, esta Contraloría General procede a desestimar lo planteado por aquél, ratificando, en todas sus partes, dicho oficio. Por su parte, es necesario advertir que acorde con las instrucciones contenidas en su oficio N° 24.143, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora emite informes a petición de funcionarios públicos en la medida que el correspondiente ‘interesado’ exponga un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta en la especie sino que tan sólo se refiere a un parecer personal respecto de una determinada situación, de acuerdo a las alegaciones que él estima procedentes (aplica criterio expresado en el dictamen N° 50.043, de 2015, de este origen). De tal modo, y conforme lo indica el punto III del anotado oficio N° 24.143, cumple con señalar al recurrente que, en lo sucesivo, las ‘nuevas presentaciones’ que formule sobre la misma materia, que no aporten nuevos elementos de juicio ni se ajusten a las mencionadas instrucciones, serán archivadas sin más trámite. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica