Dictamen CGR

Dictamen N° 64557/2009

2009-11-19 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Funcionarios designados en comisión de estudios que sólo se ausentan algunos días de la semana en virtud de la comisión, integran la dotación permanente de la institución y deben conformar grupos de trabajo, por lo que tienen derecho al pago del incremento por desempeño colectivo si su unidad alcanza las metas, en proporción al lapso en que prestaron funciones

N° 64.557 Fecha: 19-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Marcos Rivera Olivier, funcionario del Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins, para solicitar un nuevo estudio de las conclusiones del oficio N° 1.394, de 2009, de la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O’Higgins, que concluyó, en síntesis, que no le asiste el derecho al incremento por desempeño colectivo de la asignación de modernización, mientras hizo uso de la beca Presidente de la República. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 1° de la ley N° 19.553, concede una asignación de modernización -que comprende un componente base, un incremento por desempeño institucional y un incremento por desempeño colectivo-, a los personales que indica, de las entidades que señala, el que se entera a los funcionarios en servicio a la fecha de pago, en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, cuyo monto es el equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo, como resultado de la aplicación mensual de esta asignación. Por su parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8° del D.F.L. N° 1, de 1999, del antiguo Ministerio de Planificación y Cooperación, que establece los requisitos, mecanismos de postulación y demás normas del programa especial de becas Presidente de la República para estudios de postgrado en universidades chilenas a que se refiere el artículo 27 de la ley N° 19.595, el becario tiene, para todos los efectos legales, el carácter de empleado en comisión de servicio. Enseguida, se debe anotar que el inciso tercero del artículo 8° del decreto N° 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento para la aplicación del incremento por desempeño colectivo, establece que los funcionarios que hayan sido designados en comisión de servicio para realizar estudios en el país o en el extranjero durante el año calendario siguiente al de la determinación de los equipos, hayan o no sido beneficiados por una beca, no serán incluidos en grupo alguno y no tendrán derecho a ese incremento durante el período que dure la comisión. De lo expuesto, se advierte que los funcionarios designados en comisión de estudios por todo el año calendario en que deben cumplirse las metas, no integran equipos y, por ende, no tienen derecho al componente remuneracional de que se trata durante el año siguiente, tal como se señaló en el dictamen N° 18.509, de 2007, de este Organismo Fiscalizador. No obstante lo anterior, a través de los dictámenes N os 38.134, de 2004 y 20.149, de 2009, de este Ente Contralor, entre otros, se determinó que aquellos empleados que sólo se ausentan algunos días de la semana en virtud de la comisión, integran la dotación permanente de la institución y, por ende, deben conformar los aludidos grupos de trabajo, debiendo pagárseles la asignación de que se trata -en el caso que su unidad alcance las metas correspondientes-, en proporción al lapso en que prestaron funciones. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que ese Gobierno Regional deberá revisar la situación del interesado y proceder al pago, si corresponde, del beneficio de que se trata, especialmente considerando que, de conformidad a los antecedentes tenidos a la vista, aquél fue incorporado en uno de los equipos de trabajo correspondientes al convenio de desempeño colectivo del año 2008, y que, conforme a los términos de su nombramiento en comisión de estudios, dispuesta a través de la resolución exenta N° 211, de esa misma anualidad, tuvo la obligación de reintegrarse al servicio en el lapso de vacaciones de la Universidad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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