Dictamen CGR

Dictamen N° 64568/2009

2009-11-19 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Designación a contrata de ex funcionaria se ajustó a derecho pues fue dispuesta por autoridad competente del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada. Al ingresar a dicho servicio en 1987 quedó sujeta al nuevo sistema de pensiones y no al régimen de CAPREDENA
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N° 64.568 Fecha: 19-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gastón López Flores, en representación de doña Verónica Mercedes Abarca Jorquera, ex funcionaria del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, para solicitar la invalidación de la resolución N° 19, de 2004, de la referida repartición, mediante la cual se designó a su mandante como personal a contrata y sus actos posteriores, toda vez que, en su opinión, dicho acto administrativo habría sido dictado por una autoridad que carecía de las facultades para tal efecto, ordenando su reintegro inmediato a dicha institución. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado que la designación como personal a contrata de la interesada y su término anticipado, se fundan en las disposiciones contenidas en la ley N° 16.771 y en el decreto N° 192, de 1969, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento Orgánico de dicho Servicio, que facultan a su Director para adoptar las medidas que se impugnan. Sobre el particular, cabe manifestar, que el artículo 47, letra d), del citado decreto N° 192, de 1969, autoriza a la referida autoridad para contratar el personal necesario para el desarrollo y cumplimiento de las labores del mismo, tal como lo ha reconocido la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Fiscalización, contenida en el dictamen N° 15.168, de 2002, el que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de dicho texto reglamentario, se regirá por las normas que regulan el ingreso del personal de la Armada de Chile, esto es, las contenidas en el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. Ahora bien, de los antecedentes que obran en poder de este Organismo de Control, aparece que la señora Verónica Abarca Jorquera desde su ingreso al Servicio de que se trata, se ha desempeñado en virtud de sucesivas designaciones a contrata, siendo la última de éstas dispuesta para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, según consta de su resolución N° 22, de 2008. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que la designación a contrata de la interesada, se encuentra ajustada a derecho, toda vez que aquélla fue dispuesta por la autoridad competente del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile, en el ejercicio de las facultades que posee sobre la materia. Tratándose de la situación previsional de su representada, aspecto que también reclama, es dable indicar que el artículo 3° de la ley N° 18.458, establece que el personal no contemplado en el artículo 1° de ese mismo texto legal, que a partir de su vigencia -esto es, 11 de noviembre de 1985-, ingrese a las Instituciones, Servicios, Organismos y Empresas dependientes del Ministerio de Defensa Nacional o que se relacionen con el gobierno por su intermedio, como ocurrió en la especie, quedarán afectos al sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, tal como se informó en los dictámenes N os 285, de 2004 y 52.205, de 2008, entre otros, de esta Contraloría General. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que la interesada ingresó al mencionado organismo en el año 1987, siéndole aplicable la citada ley N° 18.458, resulta forzoso concluir que ha quedado adscrita al nuevo sistema de pensiones y no al régimen que administra la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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