Dictamen CGR

Dictamen N° 64583/2012

2012-10-17 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa resolución 113/2012, de la Dirección de Obras Hidráulicas, toda vez que las medidas disciplinarias correctivas deben ser impuestas por la respectiva autoridad regional

N° 64.583 Fecha: 17-X-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 113, de 2012, de la Dirección de Obras Hidráulicas, mediante la cual la Directora Nacional del aludido servicio aplica la sanción de censura al exfuncionario don Leandro Salazar Andrade, al término del respectivo sumario administrativo, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 126, 128, 129 y 140 de la ley N° 18.834, y en armonía con lo precisado por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora contenida en el dictamen N° 42.662, de 2012, entre otros, es atribución del Director Regional aplicar las sanciones correctivas a los servidores de su dependencia, por lo que, en la especie, procede que el Director Regional de Arica del mencionado organismo, aplique la medida disciplinaria al señor Salazar Andrade, y no a su Directora Nacional, como ocurre en la especie. En mérito de lo expuesto, este Organismo de Control devuelve sin tramitar la resolución indicada, con sus antecedentes, a fin de que esa superioridad arbitre las medidas tendientes a subsanar la objeción formulada. Contralor General de la República Ramiro Mendoza Zúñiga

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