Dictamen CGR

Dictamen N° 64718/2015

2015-08-13 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede exonerar de responsabilidad civil a exfuncionaria del Hospital Barros Luco Trudeau
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N° 64.718 Fecha: 13-VIII-2015 El Hospital Barros Luco Trudeau ha remitido el sumario administrativo instruido con ocasión de la irregularidad detectada en la emisión de boletas giradas al paciente que individualiza, cuyas copias fueron entregadas al mismo por valores diversos a los expresados en sus respectivos originales, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336. Al respecto, resulta útil anotar que en el mencionado proceso disciplinario se determinó que la persona que eventualmente sería responsable de las conductas de que se trata -esto es, la señora Daniela Jaldín Oviedo-, presentó su renuncia voluntaria con anterioridad a la fecha de su instrucción. Ahora bien, es necesario hacer presente que el indicado artículo 62 de la ley N° 10.336, expresa que ningún funcionario quedará libre de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie, mientras el Contralor no lo haya exonerado expresamente. Por consiguiente, atendido que la señora Jaldín Oviedo no tiene la condición de funcionaria, no resulta procedente que el Contralor General, haciendo uso de la facultad que le confiere el citado artículo 62, la exonere de la responsabilidad civil derivada de los hechos investigados, criterio que se encuentra en armonía con lo sostenido en el dictamen N° 54.020, de 2010, de este origen. Devuélvase el expediente sumarial acompañado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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