Dictamen N° 650/2018
N° 650 Fecha: 9-I-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, técnicas y anexos relativos a la adquisición del servicio de fletamento de barcaza que indica, por cuanto se ajusta derecho. No obstante, cumple con hacer presente que dado que en el párrafo quinto de la letra D del punto XI del pliego de condiciones, que regula la garantía de fiel cumplimiento del contrato, se contempla la posibilidad de que las multas sean descontadas de ese instrumento, procede que el servicio procure que el reemplazo de dicha garantía se efectúe en un plazo tal que permita la continuidad de su cobertura y cobro, con el objeto de resguardar los intereses pecuniarios de la repartición pública (aplica dictamen N° 6.455, de 2014, de este origen). Además, que en el N° 1 del anexo N° 5, se advierte una discordancia en lo referente a número de meses en que debe prestarse el servicio, pues se indican cantidades diferentes en las columnas cantidad y descripción, por lo que es necesario que en la etapa de aclaraciones esa entidad precise dicho plazo en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República