Dictamen CGR

Dictamen N° 65068/2014

2014-08-25 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Título de Técnico en Turismo, del ex Centro de Formación Técnica Esucomex, tiene la calidad de técnico de nivel superior, por lo que permite acceder a empleos que requieran ese nivel educativo

N° 65.068 Fecha: 25-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control la señora Susana Paine Torres, funcionaria de la Subsecretaría General de Gobierno, consultando si su diploma de Técnico en Turismo, conferido por el ex Centro de Formación Técnica Esucomex, actual Instituto Profesional Esucomex, en el año 1983, le permite acceder a cargos en la Administración Pública. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación remitió los antecedentes aportados por esa casa de estudios, en los que esta expresó, en síntesis, que el citado título posee la calidad de técnico de nivel superior y su plan de aprendizaje tuvo una duración de cuatro semestres. Sobre el particular, cabe recordar que los artículos 1° y 2°, del decreto con fuerza de ley N° 24, de 1981, del Ministerio de Educación, vigente a la época de la obtención del diploma de que se trata, señalan, en lo atinente, que los centros de formación técnica son establecimientos de educación superior, habilitados para otorgar el “título de técnico”. Enseguida, corresponde agregar que actualmente, el artículo 54, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, de la aludida secretaría de Estado, indica que los centros de formación técnica solo pueden conceder títulos técnicos de nivel superior. Conforme lo expuesto, a la luz de la preceptiva analizada, es dable colegir que aun cuando el diploma técnico de la requirente no cuenta con la mención precisa de ser de nivel superior, necesariamente posee esa condición, al haber sido impartido por un centro de formación técnica, tal como se ha sostenido, entre otros, en el dictamen N° 80.169, de 2010, de este origen. En consecuencia, procede concluir que el diploma en consulta, resulta útil para acceder a todos aquellos cargos que requieran acreditar la posesión de un título técnico de nivel superior, proveniente de una carrera de cuatro semestres, sin perjuicio de las exigencias adicionales que pueda contemplar la ley, respecto de cada plaza específica. Transcríbase a la Subsecretaría de Educación. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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