Dictamen CGR

Dictamen N° 6610/2015

2015-01-23 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede incorporar al finiquito la cláusula de reserva de derechos, por tratarse de un instrumento que produce pleno poder liberatorio

N° 6.610 Fecha: 23-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Natalia Rojas Pereira, extrabajadora de la Corporación de Fomento de la Producción, para denunciar la negativa de su empleador, de permitirle incorporar a su finiquito la cláusula de reserva de derechos, a lo que éste último expone, que se opuso a la inserción de la mencionada fórmula, por improcedente, informando, además, que la peticionaria interpuso una demanda judicial en contra de la corporación, la que se encuentra en actual trámite. En forma previa, es dable indicar que de acuerdo a los antecedentes acompañados, aparece que la recurrente dedujo una acción judicial de nulidad de despido cuyo demandado es el servicio de que se trata, sin que se advierta de la lectura del libelo, que en él reclame acerca de la situación que plantea en su presentación, por lo que esta Entidad de Control emitirá el pronunciamiento solicitado. Sobre el particular, corresponde apuntar que según lo declarado entre otros, en el dictamen N° 9.580, de 2014, de este origen, la inclusión de la cláusula en cuestión, en el pertinente finiquito, no resulta procedente pues éste no constituye el acto por el cual se pone término a un contrato de trabajo -sino que la comunicación de su conclusión-, siendo su finalidad dejar constancia del acuerdo de la voluntad de las partes, en orden a que se han saldado todas las obligaciones pecuniarias pendientes, como de la causal invocada. De esta manera, el añadir la citada mención implicaría desvirtuar los efectos liberatorios que la normativa que rige la materia reconoce al instrumento de que se trata, no observándose ninguna anomalía en la decisión de la autoridad de no permitir su inserción, debiendo desestimarse, en consecuencia, la presentación de la interesada. Transcríbase a la Corporación de Fomento de la Producción. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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