Dictamen N° 66503/2010
N° 66.503 Fecha: 08-XI-2010 Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto supremo N° 116, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, por medio del cual se dispone la rehabilitación administrativa a favor de don Arturo Rómulo Belmar Rojas, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la referencia efectuada al artículo 12, letra e), de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que se indica en los vistos, así como al período señalado en el considerando 5° del documento señalado, no resultan aplicables en la especie, toda vez que, de acuerdo con la normativa que la regula y tal como lo señala la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 4.592, de 2007 y 59.354, de 2009, la rehabilitación administrativa puede ser solicitada y concedida en cualquier tiempo, y no como se infiere de las citas aludidas en el decreto que por este acto se cursa, pues éstas apuntan al transcurso de un plazo para que la citada medida de rehabilitación produzca sus efectos, exigencia que sólo será procedente según cual sea la normativa por la que se rija el eventual nuevo empleo del beneficiario. En efecto, sin perjuicio de su rehabilitación, el interesado deberá igualmente satisfacer los requisitos establecidos por el estatuto legal que rija el cargo o empleo al cual pretenda acceder en el futuro, como sería el caso de aquellos a los que sea aplicable la exigencia de un plazo conforme a lo dispuesto por el artículo 12, letra e), de la citada ley N° 18.834 o por el artículo 10, letra e), de la ley N° 18.883. Con los alcances indicados, se ha procedido a tomar razón del decreto en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República