Dictamen N° 68006/2012
N° 68.006 Fecha: 30-X-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s 281, 287, 303 y 307,de 2012 de la Subsecretaría de Hacienda , que autorizan el despacho de los vehículos que señalan de conformidad con la franquicia aduanera contemplada en el artículo 6° de la ley N° 17.238 en relación con el artículo 48 de la ley N° 20.422, por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, deberá eliminarse la mención al decreto N° 1.950, de 1970, del Ministerio de Hacienda, Reglamento sobre Importación de Vehículos para Personas Lisiadas, efectuada en el primer resuelvo de los instrumentos en análisis, puesto que el beneficio de la especie en la actualidad se encuentra regulado en el decreto N° 1.253, de 2010, de esa Secretaría de Estado, Reglamento que Determina Procedimientos y Competencias para la Obtención de Beneficios Arancelarios y Tributarios (aplica dictamen N° 42.367, de 2012). Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los actos administrativos señalados. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica