Dictamen CGR

Dictamen N° 68236/2009

2009-12-07 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Sobre revisión de llamado a retiro temporal y sumario administrativo en la Policía de Investigaciones de Chile

N° 68.236 Fecha: 7-XII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Rodrigo Quezada Cartes, ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar, por las razones que indica, se deje sin efecto su retiro temporal de esa institución policial. Sobre el particular, cabe indicar, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 90, letra b), del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, que serán comprendidos en el retiro temporal los Oficiales y personal de Apoyo Científico-Técnico a quienes el Presidente de la República conceda o disponga su retiro. Al respecto, es menester hacer presente, tal como se informó en el dictamen N° 4.279, de 2002, entre otros, de esta Entidad de Control, que la aludida causal constituye el ejercicio de una facultad del Presidente de la República, que lo habilita para disponer el retiro de esos servidores, previa ponderación de los antecedentes en que funda su decisión, lo que, por cierto, no implica una medida disciplinaria, sino que una acción de resguardo del prestigio y la doctrina institucional, siendo la resolución adoptada independiente de la eventual responsabilidad penal o administrativa que pudiere afectarle al servidor de que se trata. En este mismo orden de ideas, resulta menester agregar que este Organismo Fiscalizador, a través de su oficio N° 23.114, de 2007, indicó que los decretos a través de los cuales se ejercite la referida potestad deben ser motivados, señalándose en éstos las circunstancias y el raciocinio que justifica la adopción de la medida contenida en el acto administrativo, exigencia que se cumplió en el decreto N° 40, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, por el cual se dispone el retiro temporal del interesado. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, resulta forzoso concluir que el llamado a retiro temporal del señor Jaime Rodrigo Quezada Cartes, se encuentra ajustado a derecho Finalmente, en cuanto al hecho que el sumario administrativo incoado en su contra adolecería de vicios que afectarían su validez, resulta útil expresar que aquél es un procedimiento reglado que permite al afectado hacer valer sus planteamientos en las diversas instancias contempladas al efecto, las cuales tienen por finalidad garantizar una adecuada defensa, a fin de dar cumplimiento a las normas del debido proceso, debiendo señalarse, por lo demás, que el procedimiento sumarial se encuentra actualmente en tramitación, por lo que corresponderá a esta Contraloría General pronunciarse sobre su legalidad al término de él, tal como se precisó en el dictamen N° 57.182, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, para situaciones similares. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 4279/2002
Aplica dictámenes
Dictamen N° 23114/2007
Aplica dictámenes
Dictamen N° 57182/2009
Aplica dictámenes