Dictamen CGR

Dictamen N° 68286/2013

2013-10-22 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Hechos denunciados están siendo investigados por la autoridad, por lo que este Órgano de Control se abstiene de intervenir
Aplicado por
Dictamen N° 10565/2015
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N° 68.286 Fecha: 22-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Nemesio Ceballos Morales, funcionario de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para solicitar que se instruya un sumario administrativo, con el objeto de investigar una serie de hechos que le aquejan, los que serían a su juicio, constitutivos de acoso laboral. Denuncia el interesado, que junto a tres empleados ha sido víctima de hostigamiento por parte de una abogada de esa institución, que lo habría acusado de falsificar un documento en favor de un postulante a la licitación pública que indica. Requerida de informe, la aludida entidad pública expuso que ordenó una investigación por las irregularidades a que se refiere el recurrente, la que se encuentra actualmente en trámite. En ese contexto, y atendido que en la documentación adjunta consta que la superioridad resolvió incoar un proceso disciplinario para indagar la efectividad de las conductas descritas por el ocurrente en su presentación, esta Institución Fiscalizadora debe abstenerse de intervenir en esta oportunidad, sin perjuicio del pertinente examen de legalidad del sumario en cuestión, una vez ingresado para su toma de razón el acto que lo afine, si así procediere. Enseguida, el peticionario sostiene que en su calidad de dirigente regional presentó una denuncia a este Organismo de Control, en la que dio cuenta de una serie de hechos que afectaron a la servidora Fabiola García Pinto, sin obtener resultados. Al respecto, es menester señalar que mediante el dictamen N° 13.035, de 2013, de este origen, se emitió un pronunciamiento al respecto, estableciendo que la determinación de la autoridad, en orden a descontarle de sus remuneraciones los estipendios correspondientes al día en que la citada funcionaria se ausentó de sus labores, se ajustó a derecho, no pudiendo considerar tal situación como constitutiva de acoso laboral, debiendo, por tanto, dar por superado el reclamo del señor Ceballos Morales. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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