Dictamen N° 68293/2013
N° 88.293 Fecha: 22-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fidel Pérez Garrido, funcionario del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, reclamando en contra de ese centro asistencial, el cual habría rebajado, a partir del mes de enero de 2010, el monto que percibe por asignación universitaria complementaria. Requerido de informe, el aludido establecimiento de salud manifestó, en síntesis, que la determinación adoptada se adecuó a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 3, de 1980, del ex Ministerio de Educación Pública, dispone que las remuneraciones del personal de las universidades serán fijadas de acuerdo a las normas orgánicas de ellas. Por su parte, el artículo 1°, N° 1 , del decreto universitario N° 3.643, de 1990, modificado por el decreto universitario N° 5.507, de 1991, ambos de esa casa de estudios superiores, estableció el mencionado emolumento en favor de los servidores que señala, el que posee un carácter transitorio y cuya determinación corresponde al Rector de ese organismo, tal como se informó en el dictamen N° 42.839, de 2011, de este origen. Conforme lo anterior, de los antecedentes examinados, aparece que en virtud del decreto universitario exento N° 32.993, de 2009, se otorgó al peticionario el estipendio en comento, por una suma ascendente a $948.925, para el período comprendido entre el 1 y el 30 de diciembre de esa anualidad, mientras que, con posterioridad, a través del decreto universitario exento N° 1.681, de 2010, el referido beneficio le fue concedido nuevamente, esta vez por un monto diferente. De esta manera, es posible advertir que, una vez expirada la fecha en que dicha asignación debía enterarse al recurrente, la autoridad de esa institución, en ejercicio de sus facultades, determinó concedérsela por una cantidad distinta, decisión que tuvo por fundamento, según se indicó en el último acto citado, ajustar sus rentas a aquellas establecidas para los empleados que cumplen funciones similares, actuación que, al tenor de lo expuesto, se encuentra conforme a derecho. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante