Dictamen CGR

Dictamen N° 68723/2013

2013-10-23 · Procedimiento administrativo y actos administrativos · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Determinación del monto que se adeudaría al reclamante por el término de servicios prestados a una sociedad que integraba la Universidad Tecnológica Metropolitana, es una materia que debe ser conocida por los tribunales de justicia

N° 68.723 Fecha: 23-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jilberto Melo Figueroa, para reclamar por el término de los servicios que prestaba a la Sociedad Administradora de Servicios Educacionales S.A., en la que tenía participación mayoritaria la Universidad Tecnológica Metropolitana. Requerida al efecto, la anotada casa de estudios superiores indicó que el ocurrente fue contratado por la referida sociedad, y que con ocasión de su disolución por reunirse todas las acciones en manos de la universidad, ésta finiquitó a los trabajadores que dependían de aquélla, incluido el señor Melo Figueroa, quien discrepó con las sumas ofrecidas con ocasión de su alejamiento, por lo que dedujo dos demandas ante los Tribunales de Justicia, encontrándose ambas causas terminadas. Al respecto, es del caso aclarar que tratándose de sociedades como la referida, su organización, funcionamiento y actividades se regulan por sus estatutos sociales y las normas de derecho común, no poseyendo ninguna de las características y atributos propios de los organismos estatales, no obstante que estos últimos participen mayoritariamente en ellas, de modo que su calidad jurídica mercantil no se ve alterada, tal como se sostuvo en el dictamen N° 74.494, de 2011, de esta Entidad Contralora. Conforme a lo precedentemente expuesto, es dable entender que el señor Melo Figueroa no era funcionario público, de lo cual se sigue, en armonía con lo concluido en el dictamen N° 11.376, de 1992, de este origen, y en consideración, además, al carácter litigioso de dicho asunto, que este Ente Fiscalizador carece de competencia para pronunciarse sobre los pagos que eventualmente puedan derivarse de su vínculo con aquélla o de la extinción del mismo. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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