Dictamen N° 6881/2010
N° 6.881 Fecha: 05-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Secretario Ejecutivo del Fondo Nacional de la Discapacidad, para solicitar que esta Entidad de Control, conforme lo señalado en el artículo 156 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Organismo Fiscalizador, aplique la sanción de término del contrato de trabajo, prevista en el artículo 160 del Código Laboral, a doña Liz Núñez Leal, como consecuencia del procedimiento disciplinario ordenado instruir en su contra mediante la resolución exenta N° 5.396, de 2009, de esa superioridad, para cuyos fines acompaña el indicado proceso sumarial. Sobre el particular, cabe recordar que según lo previene el mencionado precepto de la ley N° 10.336, y las instrucciones impartidas mediante el oficio N° 48.097, de 2009, de este origen, las sanciones como la indicada no pueden ser decretadas dentro del plazo de prohibición establecido en dicha norma, vale decir, desde 30 días antes y hasta 60 días después de la elección de Presidente de la República, salvo en los sumarios administrativos instruidos por esta Entidad Contralora. Ahora bien, en concordancia con lo resuelto en el dictamen N° 72.196, de 2009, de esta Contraloría General, y atendido que en este caso el respectivo proceso disciplinario no ha sido incoado por ésta, no resulta posible acceder a lo solicitado, procediendo que esa superioridad afine el sumario administrativo de que se trata, y si resuelve disponer la sanción antes referida, deberá hacerlo una vez extinguido el aludido lapso de prohibición. Se devuelven los antecedentes del sumario acompañado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República