Dictamen N° 69188/2009
N° 69.188 14-XII-2009 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 282, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorga primera renovación de una concesión marítima menor sobre un sector de terreno de playa y playa en la comuna de Arica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe observar que en virtud del inciso final del artículo 15 del Reglamento de concesiones marítimas, aprobado por el decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, en las renovaciones se establecerá el mismo plazo señalado para la concesión primitiva, lo cual no se ha cumplido en la especie, toda vez que la concesión se otorgó inicialmente por un plazo de 15 años, y la renovación, por 10 años, sin que se haya acreditado, de manera fundada, que ha disminuido el valor de la inversión, lo que al tenor de la norma en comento permitiría justificar una medida como la que se ha dispuesto Por otra parte, se advierte un error en el cálculo de la renta del terreno de playa, puesto que según el ORD. N° 094, de 09 de mayo de 2008, de la I a Dirección Regional de Iquique, Unidad Arica, del Servicio de Impuestos Internos, el valor de tasación del m 2 de terreno de playa es $5.982 y no como erróneamente se indica en el N° 10 dispositivo del documento en estudio. Lo anterior incide, por lo demás, en el monto de la renta anual indicada tanto en el N° 10 como en el N° 11 del acto en referencia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República